Mediante el Decreto Supremo n. ° 009-2025-MINAM, se aprobó el Reglamento de la Ley n.° 32106, Ley de Declaratoria de Emergencia Ambiental (DEA), que establece un nuevo marco normativo para atender de manera oportuna, articulada y eficiente los eventos súbitos y significativos que pueden afectar la calidad ambiental y representan un alto riesgo para la salud de las personas.
Este dispositivo legal precisa que una DEA se determina cuando ocurre un evento de forma imprevista y de alto impacto. De acuerdo a las normas legales vigentes, el Minam tiene un plazo de 7 días hábiles para evaluar cada caso.
Según explicó el director general de Calidad Ambiental de dicho sector, Gari Pascual Cucho, los criterios técnicos que se toman en cuenta para evaluar y declarar una DEA son: el tipo de contaminación (aire, agua, suelo), volumen del contaminante, personas afectadas, riesgo a poblaciones vulnerables y ecosistemas; afectación en zonas de frontera. “A través de una estimación de riesgo a la salud de las personas y al ambiente”, precisó.
Añadió que tras aprobarse la DEA se ejecuta un Plan Integrado de Acción Inmediata y de Corto Plazo, donde se definen las zonas de intervención, las acciones concretas, los responsables de las actividades a ejecutar y los indicadores para atender la emergencia.
El nuevo reglamento de la DEA permite reducir el tiempo de respuesta, incluye metodologías claras de evaluación, introduce planes preventivos como alertas tempranas y planes sectoriales; e incorpora la identificación de personas afectadas y la cuantificación de daños al ambiente.
En esta norma legal no se encuentran los eventos recurrentes o que se estén regulados con normas legales específicas como los estados de emergencia por desastres naturales o peligro inminente; los estados de emergencia sanitaria, las emergencias por gestión y manejo de los residuos sólidos; los incendios en general o forestales; las declaratorias de emergencia hídrica y otros hechos afines.