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Minem dispone medidas temporales para el servicio eléctrico ante El Niño

El Minem señaló que el objetivo de estas medidas preventivas es contribuir a la continuidad del servicio público de electricidad en las zonas declaradas en estado de emergencia.

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó medidas temporales para facilitar la recuperación, rehabilitación y restablecimiento de la infraestructura eléctrica en caso sea afectada por El Niño.

El Minem señaló que el objetivo de estas medidas preventivas es contribuir a la continuidad del servicio público de electricidad en las zonas declaradas en estado de emergencia.

A través del Decreto Supremo N.° 020-2026-EM, se señala que las medidas responden a los riesgos que representan las lluvias intensas, inundaciones, huaicos, deslizamientos y otros eventos climáticos para las instalaciones de generación, transmisión y distribución eléctrica.

Condiciones

Las medidas se aplicarán únicamente cuando concurran tres condiciones: que la infraestructura afectada se encuentre en un ámbito geográfico comprendido en una declaratoria de estado de emergencia por el Fenómeno El Niño 2026-2027; que el daño sea consecuencia directa de eventos asociados a este fenómeno y genere interrupciones del servicio o transgresiones a los parámetros de calidad; y que la afectación no sea imputable a la empresa concesionaria o al titular de la instalación.

Asimismo, establece que estas medidas no eximen a las empresas de sus obligaciones en materia de seguridad de las personas y de las instalaciones, operación segura, atención de emergencias y ejecución de las acciones necesarias para recuperar y restablecer el servicio eléctrico.

Para su aplicación, las empresas concesionarias o titulares de las instalaciones deberán comunicar al Osinergmin, con copia a la Dirección General de Electricidad del MINEM, el inicio de la afectación a la infraestructura eléctrica dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho, para la verificación correspondiente.

Finalmente, la norma dispone que Osinergmin y el Comité de Operación Económica del Sistema (COES) aprueben, en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la entrada en vigencia de la norma, las disposiciones necesarias para su implementación y cumplimiento, según corresponda.

Fuente: Minem