Electrocentro devolverá el Impuesto General a las Ventas (IGV) facturados en los recibos de pago de los meses de enero, febrero y marzo del 2025, a los usuarios de los distritos y provincias afectos a la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.
Esto como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley N° 32063, que modifica el artículo 13 de la Ley 27037, de Promoción de la Inversión en la Amazonía, aprobado por el Congreso de la República.
La norma excluye del Impuesto General a las Ventas a las empresas que presten servicios de distribución y comercialización de energía eléctrica en las provincias de Leoncio Prado, Puerto Inca, Marañón y Pachitea.
Así como los distritos de Monzón de la provincia de Huamalíes, en los distritos de Churubamba, Santa María del Valle, Chinchao, Huánuco y Amarilis de la provincia de Huánuco, en los distritos de Conchamarca, Tomayquichua y Ambo de la provincia de Ambo del departamento de Huánuco.
Con la aprobación de la Ley N° 32063, Electrocentro ha facturado los recibos por consumo sin aplicar el IGV desde el mes de abril del año en curso, y devolverá el monto del IGV facturado en los recibos de pagos de los meses de enero, febrero y marzo de 2025.
Los distritos de Pillco Marca y San Pablo de Pillao, no están inmersos en dicha modificación porque fueron creados después de 1998, la Ley N° 32063 no hace ninguna precisión al respecto.