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Samuel Abad: No más impunidad penal a mineros ilegales

El constitucionalista Samuel Abad sostuvo que futura Ley MAPE debe establecer expresamente que quienes continúen en el proceso de formalización no estarán exentos de ser investigados y sancionados si cometen delitos.

El nuevo proyecto de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) debe ser explícito respecto a la responsabilidad de quienes se incorporen al proceso de formalización, sostuvo el constitucionalista Samuel Abad.

«Estar inscritos en un registro no puede convertirse en una protección frente a la comisión de delitos», señaló Abad, socio del estudio Hernández & Cía.

El abogado propuso establecer medidas claras respecto al régimen de consolidación contemplado en el proyecto de Ley MAPE presentado por el Ministerio de Energía y Minas (Minem), que incorpora a quienes mantienen su inscripción en el Reinfo y les permite continuar temporalmente con sus actividades mineras en las coordenadas declaradas.

“Una lectura de esta disposición podría generar diversas interpretaciones, a veces se interpreta bien, mal o en función de quienes tienen ciertos intereses”, advirtió.

En ese sentido, consideró que la propuesta debe precisar que el nuevo régimen no supone una exención de responsabilidades. “La norma debería ser absolutamente clara diciendo no más inmunidad penal”, enfatizó.

Cambio de nombre

El especialista remarcó que la discusión no debe limitarse al cambio de denominación del mecanismo de formalización, sino a las condiciones y efectos que establece.

“El cambio de nombre, si tiene la misma esencia, no afecta el cuestionamiento constitucional que se puede hacer a esta norma en concreto”, explicó.

Una demanda pendiente ante el Tribunal Constitucional

Abad recordó que la quinta prórroga del Reinfo motivó una nueva demanda de inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Abogados de Loreto, admitida a trámite por el Tribunal Constitucional. El abogado participa en este proceso junto con el especialista César Ipenza.

Como antecedente, mencionó un pronunciamiento anterior del TC que, aunque declaró improcedente una demanda contra una prórroga del Reinfo por sustracción de la materia, reconoció que la exención de responsabilidades había permitido que personas inscritas operaran “sin apego a la legalidad y exoneradas de toda sanción”.

Por ello, pidió al Tribunal convocar a una audiencia y resolver la nueva demanda antes de que venza la vigencia del registro, a fin de evitar que otra prórroga o modificación normativa impida un pronunciamiento sobre el fondo.

“Si se demoran, si esperan que pase Navidad, Año Nuevo, y dictan sentencia el próximo año, pueden terminar diciendo lo mismo que dijeron hace años atrás: sustracción de materia”, advirtió ante el auditorio del IIMP.

Finalmente, sostuvo que el TC debe establecer límites constitucionales para los futuros mecanismos de formalización minera. “No puedes aprobar un régimen que permite inmunidad penal, civil o administrativa”, concluyó.

Fuente: IIMP