En el marco del desarrollo del Proceso Electoral para la Elección de los Consejos Directivos de las Organizaciones de Usuarios de Agua, correspondiente al periodo 2026-2029, la Autoridad Nacional del Agua (ANA), en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), viene trabajando de manera articulada para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N.º 31801, su Reglamento, y el cronograma establecido mediante la Resolución Jefatural N.º 0027-2025-ANA, publicada el pasado 21 de febrero en el diario oficial El Peruano.
En ese contexto, y a través de la ONPE, se ha puesto a disposición de las Organizaciones de Usuarios de Agua la posibilidad de acceder a la asistencia técnica correspondiente, a fin de asegurar un proceso electoral transparente, ordenado y conforme al marco legal vigente.
Para ello la ONPE ha aprobado el Reglamento de Asistencia Técnica en Materia Electoral, el cual, en su Capítulo VII, establece los lineamientos generales para brindar dicha asistencia a las Organizaciones de Usuarios de Agua. Esto se realiza en atención a lo dispuesto en el numeral 84.2 del artículo 84 del Reglamento de la Ley N.º 31801, que señala:
“Para la elección de los miembros del consejo directivo, el presidente de la junta de usuarios solicita a la ONPE la asistencia técnica para el comité electoral y el comité de impugnaciones.”
Con ese propósito se utiliza el siguiente formulario del link: https://acortar.link/CjzY6n .
Las solicitudes deben ser entregadas en la Oficina Regional de Coordinación de la ONPE más cercana, de acuerdo con la ubicación geográfica de cada organización de usuarios de agua.
La ONPE reafirma su compromiso con el fortalecimiento de los procesos democráticos en el ámbito de la gestión de los recursos hídricos, brindando asistencia técnica transparente, oportuna y eficiente a todas las organizaciones involucradas.