Commodites (17/04/26)

Petróleo 83.19 US $/Barril WTI
Oro 4,870.60 US $/ Oz. Tr.
Cobre 13,178.00 US $/TM
Plata 82.30 US $/Oz. Tr.
Estaño 49,675.00 US $/TM
Plomo 1,917.00 US $/TM
Zinc 3,413.00 US $/TM
TIPO DE CAMBIO AL DÍA DE: 16-04-2026
MONEDA DÓLAR EURO L. ESTERLINA
COMPRA 3.429 3.833 4.700
VENTA 3.436 4.126 4.846

Últimas noticias

ENOSA, reconocida como modelo de ecoeficiencia 2025 por el Ministerio del Ambiente

Líderes y dirigentes comunitarios de Apurímac son capacitados a través de la III Pasantía Minera del MINEM

Las Bambas entrega moderna institución educativa en Quiscapunco, distrito de Haquira

Ver todos >

Electrocentro devolverá IGV a usuarios de distritos afectos a la ley de la Amazonía

Esto como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley N° 32063, que modifica el artículo 13 de la Ley 27037, de Promoción de la Inversión en la Amazonía, aprobado por el Congreso de la República.

Amazonía

Electrocentro devolverá el Impuesto General a las Ventas (IGV) facturados en los recibos de pago de los meses de enero, febrero y marzo del 2025, a los usuarios de los distritos y provincias afectos a la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.

Esto como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley N° 32063, que modifica el artículo 13 de la Ley 27037, de Promoción de la Inversión en la Amazonía, aprobado por el Congreso de la República.

La norma excluye del Impuesto General a las Ventas a las empresas que presten servicios de distribución y comercialización de energía eléctrica en las provincias de Leoncio Prado, Puerto Inca, Marañón y Pachitea.

Así como los distritos de Monzón de la provincia de Huamalíes, en los distritos de Churubamba, Santa María del Valle, Chinchao, Huánuco y Amarilis de la provincia de Huánuco, en los distritos de Conchamarca, Tomayquichua y Ambo de la provincia de Ambo del departamento de Huánuco.

Con la aprobación de la Ley N° 32063, Electrocentro ha facturado los recibos por consumo sin aplicar el IGV desde el mes de abril del año en curso, y devolverá el monto del IGV facturado en los recibos de pagos de los meses de enero, febrero y marzo de 2025.

Los distritos de Pillco Marca y San Pablo de Pillao, no están inmersos en dicha modificación porque fueron creados después de 1998, la Ley N° 32063 no hace ninguna precisión al respecto.