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Regiones del país recibieron S/ 1,682 millones por canon de hidrocarburos en período enero – agosto del 2024

Recursos fueron transferidos a Cusco, Loreto, Ucayali, Piura, Tumbes y la provincia de Puerto Inca en Huánuco.

La producción de hidrocarburos (gas y petróleo) en el país, en el período enero – agosto del 2024, generó
1,682 millones de soles de canon y sobrecanon, que fueron transferidos a Cusco, Piura, Tumbes, Ucayali,
Loreto y Puerto Inca en Huánuco, para el desarrollo de obras de infraestructura en beneficios de su
población, informó PERUPETRO S.A.

De los 1,682 millones de soles de canon y sobrecanon reportados en el período enero – agosto de este
año; 1,121 millones de nuevos soles correspondieron a Cusco; 281.2 millones de soles a Piura; 156.1
millones de soles para Loreto; 73.3 millones de soles a Tumbes, 42.6 millones de soles para Ucayali y
8.2 millones de soles para la provincia de Puerto Inca en Huánuco.

Al cierre del 2023, las transferencias de canon y sobrecanon por la producción de hidrocarburos
ascendieron a 2,633 millones de soles, monto que refleja la importante contribución del sector
hidrocarburos a la economía del país.

El canon es el aporte que reciben los gobiernos regionales, locales (municipalidades provinciales y
distritales), universidades nacionales e institutos superiores pedagógicos y tecnológicos estatales, del
total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos
hidrocarburíferos en dichas zonas.

El canon de hidrocarburos es pagado por PERUPETRO en base a la producción fiscalizada. Desde el
año 1993 a la fecha, el canon y sobrecanon transferido a nivel nacional por la producción de
hidrocarburos ascendió a 43,121 millones de soles.

USO DEL CANON

De acuerdo a ley, los recursos del canon deben ser utilizados para el financiamiento o co financiamiento
de proyectos y obras de infraestructura de impacto regional o local. Además, en inversión productiva para
el desarrollo sostenible de las comunidades donde se explota el recurso natural.

En el caso de las universidades e institutos, el canon debe ser de uso exclusivo para la inversión en
investigación científica y tecnológica que potencia el desarrollo regional.